domingo, 26 de octubre de 2008

JORNADA MUNDIAL POR EL TRABAJO DECENTE

Por Rodrigo López Oviedo

La Jornada Mundial por el Trabajo Decente, que se celebra este siete de octubre por convocatoria de la Confederación Sindical Internacional, tiene el propósito de promover una actitud empresarial que esté sustentada en la dignificación del trabajo y en la elevación del nivel de vida de los trabajadores.

Sobre el tema de “Trabajo decente” se viene hablando desde la Conferencia de la OIT que se celebró en Ginebra en 1999. Como miembro de ese Organismo, nuestro país está obligado a darles cumplimiento a sus conclusiones y, en consecuencia, a brindar oportunidades para que hombres y mujeres “puedan obtener un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana”, como lo rezan sus documentos.

No son muchas las diferencias que podríamos encontrar entre el “trabajo decente” que promueve la OIT y nuestras disposiciones constitucionales sobre “Trabajo en condiciones dignas”. Las características de ambos conceptos podríamos resumirlas en estabilidad laboral, en salarios justos, en el pago de las primas y las prestaciones de ley, en afiliación a las entidades de salud, de pensiones y de riesgos profesionales, en la erradicación de todo tipo de discriminación al enganche y durante la permanencia del vínculo laboral, en la especial protección al trabajador con minusvalías, en la prohibición del trabajo infantil, en indemnizaciones justas por despido injusto, en el derecho del trabajador a constituir sindicatos y a negociar colectivamente sus condiciones de trabajo.

Todas estas características del trabajo digno o decente están señaladas claramente en nuestro ordenamiento legal, pero por desgracia carecemos de las herramientas apropiadas para hacerlas cumplir. Además, como quien hace la ley hace la trampa, están acompañadas de otras normas que facilitan su violación. El caso más aberrante lo constituye la normatividad sobre cooperativas de trabajo asociado. En general, estas cooperativas no solo desvirtúan la esencia solidaria del cooperativismo, sino que atentan contra el movimiento obrero al crearle un sistema de paralelismo laboral que abarata la contratación, crea obstáculos tanto para la organización sindical como para la defensa de las condiciones laborales y deteriora la calidad del empleo.

Si a lo anterior se suma el hecho de que las bancadas del uribismo han impedido la expedición del Estatuto del Trabajo, que está ordenado en el artículo 53 de nuestra Constitución, no debemos extrañarnos de que solo el 40 por ciento de los trabajadores estén afiliados a entidades prestadoras de servicios de salud, el 32 por ciento a las de riesgos profesionales y el 26 a los fondos de pensiones, mientras que solo el 3,49 por ciento de nuestros ancianos goza de una pensión, el 4,79 de los trabajadores que cuentan con un contrato formal están afiliados a una organización sindical y los que están protegidos con contratos colectivos no sobrepasan el 1,32 por ciento.

Este oscuro panorama quedaría incompleto si no indicáramos que el salario mínimo en Colombia solo alcanza para atender el 51 por ciento del valor de la canasta familiar de estratos bajos, mientras que una familia de ingresos medios necesita de casi cinco de ellos para adquirir su propia canasta.

Como la inmensa mayoría de los colombianos está lejos de contar con un trabajo decente, necesitamos de profundos cambios, seguramente de carácter socialista, para conquistar tal derecho. Ah, y mientras tanto, de una participación masiva en este tipo de jornadas.

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